Completan leyes secundarias nuevo marco legal del sector energético

Oct 22, 2025 | CFE, Noticias, Pemex, sector energético

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Por María Fernanda Matus Martínez

Con la publicación, el pasado 3 de octubre, de los reglamentos de seis leyes secundarias que se integran al marco normativo del sector energético, el gobierno mexicano completa esta reforma iniciada en 2024 y que pone de relevancia ajustes para fortalecer al sector y a quienes participan en su desarrollo, si bien genera también expectativas diversas entre inversionistas privados y organismos empresariales.

La publicación de los documentos normativos en el Diario Oficial de la Federación (DOF) regula las actividades en los sectores hidrocarburos, eléctrico, planeación y transición energética, biocombustibles, geotermia e ingresos sobre hidrocarburos y, a decir del gobierno, «permitirá la implementación adecuada del nuevo modelo energético del país que prepondera la participación de PEMEX y CFE».

La titular de la Secretaría de Energía (SENER), Luz Elena González Escobar, expresó en su cuenta de X que estas normas, en vigor desde el mismo viernes 3 de octubre del presente, “consolidan las leyes secundarias y dotan de un marco regulatorio para la construcción de un sector más moderno, sólido, sostenible y alineado con las necesidades del pueblo de México”

Cabe señalar que fue la Secretaría de Energía quien lideró los trabajos de conformación de estos reglamentos fundamentales que sustituyen a las disposiciones emitidas entre 2013 y 2014.

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En un comunicado, la SENER estableció que “este proceso concreta la transformación del sistema energético mexicano iniciado con las reformas constitucionales de 2024 en materia de áreas y empresas estratégicas y de simplificación orgánica y continuado con la expedición de la legislación secundaria en marzo de 2025”.

Acorde con la dependencia, “el Reglamento de la Ley de Planeación y Transición Energética armoniza los instrumentos del sector y asegura un desarrollo ordenado de corto, mediano y largo plazo y el Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico garantiza la prevalencia del Estado en la generación de energía, regula permisos y autorizaciones.

Por su parte, el Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos «establece los requisitos y procedimientos para las actividades de exploración y extracción, las especificaciones para las Asignaciones para el Desarrollo Mixto y la trazabilidad en todas las cadenas de valor de los hidrocarburos”.

En el caso del Reglamento de la Ley de Biocombustibles, la SENER señaló que “éste se emite en coordinación con las secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural y de Medio Ambiente y Recursos Naturales; el Reglamento de la Ley de Geotermia regula el aprovechamiento de energía geotérmica en la generación eléctrica y usos diversos y el Reglamento de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos homologa el Derecho Petrolero para el Bienestar y actualiza las atribuciones de la SENER en la materia”.

En esta nueva política energética, iniciada en 2024, CFE concentra el papel dominante con 54% de la generación de energía nacional, así como la exclusividad en transmisión, distribución y suministro básico.

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Por otro lado, esta reforma creó la Comisión Nacional de Energía (CNE) que concentró la funciones de la Comisión Reguladora de Energía y la Comisión Nacional de Hidrocarburos, como el nuevo órgano regulador a nivel nacional en electricidad, gas natural, petrolíferos y petroquímica. La CNE regula, supervisa y otorga permisos y también impone sanciones a los integrantes del ecosistema. Cuenta con un comité técnico, por lo cual opera con independencia técnica.

Cambios

De acuerdo con analistas, algunos de los cambios más significativos, en términos generales de esta reforma que se consolida con la publicación de los nuevos reglamentos, son que no habrá renovaciones automáticas de plazos, ni vigencias tan amplias como en las leyes anteriores para los participantes privados; se incentivarán las energías limpias y se promete una simplificación que ya era urgente.

En el Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica se establecen “criterios de planeación vinculante”, que rigen para las empresas del Estado, pero también para los inversionistas privados y que se plantean como una condición para los proyectos de generación para el Mercado Eléctrico Mayorista.

Estos criterios también se establecieron en el Reglamento de la Ley de Planeación y Transición Energética, en donde de hecho se prevé que la Secretaría de Energía cuente con el apoyo del Consejo de Planeación Energética para la coordinación y seguimiento de la planeación vinculante.

Este Reglamento señala en su artículo 4 que “La planeación vinculante del Sector Energético debe ser considerada por la Secretaría de Energía y la Comisión Nacional de Energía, en el ámbito de sus competencias, para el otorgamiento de asignaciones, contratos, permisos, concesiones y autorizaciones en términos de lo dispuesto en la Ley del Sector Eléctrico, la Ley del Sector Hidrocarburos, la Ley de Biocombustibles, la Ley de Geotermia y sus reglamentos”.

En cuanto al Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica establece la prevalencia de la CFE en proyectos mixtos, al señalar que “la Empresa Pública del Estado debe tener una participación directa o indirecta en el proyecto, de al menos el cincuenta y cuatro por ciento del capital social común o figura similar o equiparable, del vehículo jurídico o financiero que se utilice para dicho efecto”.

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La mencionada disposición establece la conformación del Consejo Consultivo como órgano colegiado, cuyo objeto es apoyar el fomento industrial de cadenas productivas locales del sector eléctrico, el cual estará integrado por un representante de la Secretaría de Economía, quien lo presidirá; un representante de la SENER y una persona representante de la CNE.

En cuanto a PEMEX, como se conoció en el Plan Estratégico 2025-2035 presentado en agosto pasado, se prioriza a ésta en las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, restringiendo la inversión privada a un modelo de colaboración con la empresa estatal.

Tanto en el Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica como en el Reglamento de la Ley de Hidrocarburos, se establecen nuevas causas para suspender o revocar permisos.

Expectativas diversas en el ámbito empresarial

Organismos del sector privado como la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) han señalado que el sector requiere condiciones favorables para la inversión y el desarrollo.

Al mismo tiempo, la Cámara de Comercio de Estados Unidos en México (AmCham) ha expresado que las nuevas leyes establecen un marco de referencia sólido.

Para el IMCO,  en relación a la nueva disposición del sector eléctrico será importante «dar certidumbre a los proyectos privados, así como las condiciones que prevalecerán para las inversiones mixtas y la ventana de oportunidad que tienen para ampliar la participación estatal».

Y dado que la meta de prevalencia del Estado «debe coexistir con la eficiencia operativa del despacho económico», este organismo apunta que será necesario que la SENER actualice las Reglas del Mercado para definir cómo se despachan las centrales en igualdad de condiciones. En este sentido, apuntó que «los generadores privados deben aprovechar esta ventana de oportunidad para incidir en que los criterios de operación del mercado establezcan un piso parejo para todos, basado en criterios de eficiencia y minimización de costos».

En cuanto a los criterios de planeación vinculante, el organismo señaló que la inversión privada pasa de ser un motor de desarrollo del sector a un apoyo complementario del Estado para cubrir únicamente las necesidades que identifica como prioritarias».

«Aunque esto, en principio, no se contrapone con los proyectos particulares, siempre y cuando se cumpla el mandato de prevalencia, se abre una ventana para la discrecionalidad en el otorgamiento de permisos bajo el argumento de la planeación vinculante», expuso.

Consulta el análisis completo del IMCO aquí

Mercado eléctrico en México: nuevas reglas y camino regulatorio pendiente

El Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico tiene 306 artículos divididos en 12 títulos, además de 27 artículos transitorios. Por su parte, el Reglamento de la Ley de Planeación y Transición Energética se conforma por 134 artículos en 7 títulos, con 13 transitorios.

Para saber más consulta aquí

Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5769155&fecha=03/10/2025#gsc.tab=0

Reglamento de la Ley de Planeación y Transición Energética

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5769157&fecha=03/10/2025#gsc.tab=0